El IRPF es una de las piezas básicas del sistema tributario español. Es un impuesto, una prestación económica que exige el Estado, que los ciudadanos están obligados a pagar y no obtienen ningún contraprestación concreta a cambio.

La finalidad principal es responder al principio que establece la Constitución Española de que todos los españoles han de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

Lo pagan las personas físicas residentes en España. Se considera residente en España quien vive la mayor parte del tiempo en España, con independencia de su origen o su nacionalidad. Las personas jurídicas (sociedades, comunidades, …) pagan el Impuesto sobre Sociedades.

El IRPF grava la renta del ejercicio. Recoge tres formas diferentes de obtener renta: 1) Rendimientos del trabajo, que es la renta obtenida por los asalariados y los pensionistas; 2) Rendimientos de capital, tanto mobiliario (por ejemplo los dividendos de unas acciones) como inmobiliario (renta obtenida por alquilar un bien inmueble); y 3) Rendimientos de actividades económicas, que es la renta obtenida por los pequeños empresarios, autónomos y profesiones liberales. Añadir que en algunos casos, la propia ley imputa la existencia de una renta en el ejercicio.

No sólo se gravan las rentas obtenidas en dinero, también las rentas en especies. Por ejemplo, si una empresa paga a sus trabajadores ofreciéndoles algunos bienes o algún servicio en lugar de dinero, este servicio o bien estará sujeto al IRPF. Si una entidad bancaria nos regala”un juego de cacerolas por hacer un depósito, ese juego de cacerolas es un rendimiento de nuestro capital y está gravado con IRPF.

Para el cómputo del impuesto, a las rentas obtenidas se les pueden deducir los gastos necesarios para generarlas. Por ejemplo, las cotizaciones a la Seguridad Social son necesarias para obtener los salarios, los gastos de colegiación son necesarios para el ejercicio profesional, …

El IRPF intenta adaptarse a las circunstancias personales y familiares de las personas. Existen desgravaciones para personas mayores, discapacitados, para quienes tienen hijos, etc.

La base imponible, simplificando mucho, sería el saldo resultante de calcular GANANCIAS menos GASTOS DEUDUCIBLES y DEDUCCIONES por circunstancias personales. A este “saldo”se le aplica un gavamen de tipo progresivo.

Tabla TRAMOS IRPF

BASE IMPONIBLE

Retención 2017

De

A

0,00 €

12.450,00 €

20%

12.450,00 €

20.200,00 €

25 %

20.200,00 €

35.200,00 €

31 %

35.200,00 €

60.000,00 €

39 %

60.000,00 €

47 %

Tal y como vemos en la tabla, los tramos se aplican de forma progresiva. En una base imponible de 25.000 euros, los primeros 12.450 euros tributarán al 20%, los siguientes 7.750 euros hasta 20.200 euros tributarán al 31% y los siguientes 4800 euros tributarán un 31%. No se aplicaría un 31% por el total.

El IRPF es un impuesto parcialmente cedido a las comunidades. Existen ciertas diferencias en cuanto a las desgravaciones y los tipos que se aplican, pero sobre un marco semejante. Gozan de un tratamiento especial las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Por otro lado, en las provincias de Vizcaya, Guipúzcoa, Álava y Navarra, existe un régimen propio que solamente se aplica en cada una de esas provincias.

La forma de pagar el IRPF puede sorprender, para no pagarlo de una vez, las normas exigen a los pagadores de las rentas que retengan e ingresen Hacienda determinadas cantidades a cuenta del IRPF que les corresponda pagar a los cobradores de esas rentas. Las personas que realizan actividades económicas pagan de forma fraccionada, trimestralmente, ciertas cantidades a cuenta del impuesto antes de realizar la declaración de la renta. Realizada la declaración, si resulta que se ha retenido una cantidad mayor de la que corresponde pagar, surge el derecho a que Hacienda devuelva el exceso.