A partir del 1 de enero de 2020, el Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) vuelve a ser del 7%, después de haber estado al 6,5% durante 2019. Esto en principio no le afectará, si su empresa está establecida en la península o Baleares y efectúa venas de bienes o prestación de servicios a empresarios de Canarias, ya que no deberá repercutir ni I.G.I.C. ni I.V.A.
No obstante, si presta servicios a particulares, en algunos supuestos pueden entenderse realizados en Canarias, en cuyo caso sí deberá repercutir el nuevo I.G.I.C. al 7%.