Bonificaciones de los rendimientos del trabajo en el IRPF de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa

Ref. CISS 5075/2010

Reducción Requisitos Cuantía (euros)
General RIR ≤ 7.500 € 4.650
7.500,01 ≤ RIR ≤ 15.000 € 4.650 –
[(RIR – 7.500) x 0,22]
RIR > 15.000 €

ó

restantes rentas > 7.500 €

3.000
Trabajadores activos discapacitados Grado de minusvalía 33% – 65% Bonificación general + 100%
Grado de minusvalía ≥ 65%

ó

33%- 65%+ movilidad reducida o necesidad ayuda de terceros

Bonificación general + 250%

 

NOTA: La aplicación de esta bonificación no dará lugar a rendimiento del trabajo negativo.