Beneficios industriales y comerciales profesionales en la declaración de la renta francesa. (Apartado B de la Sección 5 de los impresos de declaración complementaria No 2042 NR y No 2042 C)

Para la aplicación del impuesto sobre la renta de las personas físicas, se consideran beneficios industriales y comerciales los obtenidos por personas físicas gracias a una profesión comercial, industrial o artesanal ejercida en Francia, aunque la sede de quienes la ejerzan se halle situada en un país extranjero.
Sin perjuicio de lo que dispongan los convenios fiscales internacionales pertinentes, cuando usted haya percibido ingresos procedentes de este tipo de actividad, tendrá que declararlos a la Administración Fiscal en Francia.
Si usted depende del régimen aplicable a las empresas muy pequeñas (“microempresarial”), consignará directamente su facturación o sus ingresos, así como sus plusvalías o minusvalías, en el impreso de declaración complementaria de ingresos No 2042 C.
Si usted depende del régimen normal del beneficios reales, tendrá que consignar el resultado contable en el impreso de declaración complementaria No 2031 o en el rubro “Régime du bénéfice réel” [Régimen del beneficio real] del apartado C de la Sección 5 del impreso de declaración complementaria No 2042 C, según que esté afiliado o no a un centro de gestión autorizado.
El año de su salida del territorio francés, deberá declarar las sumas percibidas en Francia, en el impreso de declaración complementaria No 2042 NR.
Para más precisiones, consulte la hoja informativa adjuntada a la declaración de ingresos o el sitio web impots.gouv.fr.
Las personas que ejercen simultáneamente actividades comerciales, industriales o artesanales en Francia y países extranjeros deberán consignar en su declaración de ingresos el conjunto de las sumas obtenidas (Párrafo 2 del Artículo 158-4 del Código General de Impuestos), sin perjuicio de que se apliquen las disposiciones de los convenios fiscales internacionales pertinentes.

Beneficios industriales y comerciales no profesionales (Apartado C de la Sección 5 de los impresos de declaración complementaria No 2042 NR y No 2042 C)

Se trata de los ingresos obtenidos con actividades que no entrañan una participación personal, continua y directa de uno de los miembros de la unidad familiar fiscal en la realización de los actos imprescindibles para la ejecución de dichas actividades. Se consideran, por lo tanto, beneficios industriales y comerciales no profesionales los obtenidos por:
• los arrendadores no profesionales de bienes raíces amueblados (personas no inscritas en el registro de comercio como arrendadores de esta categoría, así como sociedades o personas que obtienen ingresos anuales inferiores a la suma de 23 000€ para las que esta actividad no representa un monto superior al de los ingresos percibidos por la unidad fiscal familiar en concepto de sueldos y salarios, beneficios industriales y comerciales, beneficios no comerciales, beneficios agrícolas y remuneraciones de directivos);
• los copropietarios no profesionales de participaciones en caballos de carreras y sementales equinos; y • cualesquiera otras actividades industriales y comerciales que no se ejerzan a título profesional.
Si usted ha percibido ingresos de esta categoría deberá declararlos para que sean objeto de imposición en Francia, sin perjuicio de lo que dispongan los convenios fiscales internacionales pertinentes.
El año de su salida del territorio francés, tendrá que cumplimentar el apartado C de la Sección 5 del impreso de declaración complementaria No 2042 C. Las sumas percibidas antes de ésta tendrá que consignarlas en el impreso de declaración complementaria 2042 NR.