La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, por medio de las Sociedades de Garantía Recíproca y las Entidades Financieras colaboradoras con las que se acuerden los correspondientes Convenios de Colaboración, constituirán la línea de financiación a favor de pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas.

Para permitir el acceso a la financiación bancaria para atender las necesidades de liquidez y financiación de capital circulante.

Se dirige a:
1.- Pequeñas y Medianas Empresas (Pyme), domiciliadas en la C.A.P.V.
2.- Los empresarios individuales y profesionales autónomos, domiciliados en la C.A.P.V.

Características de los préstamos:
Instrumento: préstamo amortizable.
* Tipo de interés: euribor a 6 meses más un diferencial MAX. según plazo del préstamo. Cuando la entidad financiera utilice fondos procedentes de la Línea ICO con Garantía SGR, el margen máximo aplicable será del 0,75%, publicado por dicha institución.

Plazo: 3 años (diferencial 1%)
           5 años (diferencial 1,25%)
7 años, (diferencial 1,25%)

* 1 de carencia opcional de amortización del principal.
* La liquidación de cuotas de intereses y de amortización, se hará trimestralmente.
* No tendrán ningún tipo de comisión o gasto adicional.
* Se podrá cancelar o amortizar anticipadamente sin coste alguno.

La cuantía de los préstamos:
entre 50.000 € y 650.000 € para PYMES
entre 5.000 € y 100.000 € para personas empresarias individuales y profesionales autónomos.

Características de las operaciones de aval:
1.- Los avales financieros otorgados por las Sociedades de Garantía Recíproca garantizarán, directa o indirectamente, riesgos dinerarios de las empresas y personas beneficiarias ante las Entidades Financieras colaboradoras derivados de operaciones de préstamo destinadas a la cobertura de las necesidades definidas.

2.- El coste y condiciones de los avales serán los siguientes:
* Comisión de estudio: 0,10% del principal del préstamo, por una sola vez a la solicitud del aval.
* Comisión de formalización: 0,20% del aval formalizado y por una sola vez.
* Comisión de aval: 0,75% anual :
* Se aplicará anticipadamente con fecha 1 de enero sobre el saldo a esa fecha de cada año de cada préstamo avalado. En el año de su formalización y el de su vencimiento definitivo se aplicará sobre el saldo medio de forma proporcional al número de días efectivamente transcurridos hasta fin de año o hasta el vencimiento.
* No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicional por parte de la SGR.